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Derechos de Autor © DERECHOS DE AUTOR: "Copyright" y su símbolo ©


Derechos de Autor © Discutiendo poema MAS SOBRE LOS DERECHOS DE AUTOR: “Copyright” y su símbolo © en el foro Derechos de Autor ©; QUÉ ES EL DERECHO DE AUTOR? El derecho de autor (en inglés, copyright) es una forma de protección proporcionada por las leyes vigentes en la mayoría de los países para los autores de «obras originales» incluyendo obras literarias, dramáticas, musicales, ...

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Viejo 11-ago-2005, 09:19   #1
JULIA
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QUÉ ES EL DERECHO DE AUTOR?

El derecho de autor (en inglés, copyright) es una forma de protección proporcionada por las leyes vigentes en la mayoría de los países para los autores de «obras originales» incluyendo obras literarias, dramáticas, musicales, artísticas e intelectuales.

Esta protección está disponible tanto para obras publicadas como para obras que todavía no se hayan publicado. Generalmente le da al dueño del derecho de autor ( propiedad intelectual) el derecho exclusivo para hacer y para autorizar a otros a hacer lo siguiente:

- Reproducir la obra en copias o fonogramas;
- Preparar obras derivados (VERSIONES) basados en la obra;
- Distribuir copias o fonogramas de la obra al público vendiéndolas o haciendo otro tipo de transferencias de propiedad tales como alquilar, arrendar o prestar dichas copias;
- Presentar la obra públicamente, en el caso de obras literarias, musicales, dramáticas y coreográficas, pantomimas, películas y otras producciones audiovisuales;
- Mostrar la obra públicamente, en el caso de obras literarias, musicales, dramáticas coreográficas, pantomimas, obras pictóricas, gráficas y esculturales, incluyendo imágenes individuales de películas u otras producciones audiovisuales; e
- En el caso de grabaciones sonoras, interpretar la obra públicamente a través de la transmisión audiodigital.


CUANDO SE ADQUIERE LOS DERECHOS DE AUTOR?

Los derechos de autor (o propiedad intelectual) se adquieren por el simple hecho de crear una obra literaria, artística o científica.

El término “Copyright”, significa: en español: derecho de copia. Es decir “Copyright” es el Derecho que asiste a un/a autor/a, sobre todas y cada una de sus obras y que le permite decidir en qué condiciones han ser éstas reproducidas y distribuidas.

El símbolo de este derecho es: ©. Cualquiera que sea creador de una obra puede libremente utilizar el término “Copyright” y su símbolo © que implica que como creador de una obra , por el simple hecho de crearla tiene todos los derechos sobre la misma porque la leyes internacionales ( YA NACIONALES) así se lo reconocen y protegen.

La inscripción en un registro, por tanto, no es necesaria para obtener esa protección y reconocimiento, por eso es voluntaria en todo los países, ahora bien, en casos de conflicto un depósito legal o registro facilita la prueba sobre la autoría (pero normalmente hay que pagar para registrarlo o depositarlo).

El derecho de autor como tal no depende, por tanto, de ningún procedimiento oficial. Se considera que, por su mera existencia, toda obra creada queda protegida por el derecho de autor. El Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas establece que las obras literarias y artísticas quedan protegidas sin ninguna formalidad en los países parte en dicho Convenio. La OMPI (oRGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL) no ofrece, pues, ningún sistema de registro para el derecho de autor.

No obstante, muchos países cuentan con una oficina nacional de derecho de autor y algunas legislaciones nacionales permiten el registro de obras, por ejemplo, con el propósito de identificar y distinguir los títulos de las obras. También existen depósitos legales y organismos que se encargan de los mismos, e igualmente sería medio de prueba un acta notarial sobre la obra.

Como ya he dicho, el registro, acta notarial, y cualquier sistema fehaciente de la obra puede servir como prueba irrefutable ante un tribunal de justicia en el caso de controversias relacionadas con el derecho de autor.




PROTECCIÓN INTERNACIONAL:


Las obras literarias y artísticas están protegidas por el "Convenio de Berna para la protección de las Obras Literarias y Artísticas", el cual data de 1886 y fue revisado en 1971.

Según este convenio no es necesario declarar una obra o indicar que está protegida para gozar de derechos de autor en los países signatarios del Convenio ya que "la propiedad Intelectual de una obra literaria, artística, o científica corresponde al autor por el solo hecho de su creación"* y "son objeto de propiedad intelectual todas las creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas por cualquier medio o soporte, tangible, o intangible, actualmente conocido o que se invente en el futuro…"*.

En el mundo digital se aplican las mismas leyes de propiedad intelectual y derecho de autor que para el resto de las creaciones originales.

El derecho de autor como tal no depende de ningún procedimiento oficial. Se considera que, por su mera existencia, toda obra creada queda protegida por el derecho de autor.

En muchos países existe una oficina nacional de derecho de autor y algunas legislaciones nacionales permiten el registro de obras, por ejemplo, con el propósito de identificar y distinguir los títulos de las obras. En algunos países, el registro también puede servir como prueba irrefutable ante un tribunal de justicia en el caso de controversias relacionadas con el derecho de autor


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