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El beso

Tema en 'Poemas sociopolíticos y humanitarios' comenzado por jose rodolfo, 25 de Agosto de 2023. Respuestas: 193 | Visitas: 4868

  1. jose rodolfo

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    No fue parte del espectáculo porque he leído sobre el caso. La única diferencia es la intromisión de las feministas en el caso de Rubiales. Veremos que dice el juez. Tal vez vengas ahora que el juez es machista como decía la ministra de igualdad sobre las reducciones de condenas por la ley del solo es sí. Coherencia jajaja
     
    #151
  2. dragon_ecu

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    Sobre las declaraciones de la jugadora...
    En camerinos le preguntan que respondió... "vale".
    En otra declaración le resta importancia.
    En otra hacen bromas en el bus y se ríe del incidente.
    Empezó la cacería de brujas...
    Luego declara que no fue consentido.

    Legalmente la instancia de "tu palabra contra la mía" la tiene perdida la jugadora.
    Pero mediáticamente ya el calvo ha sido condenado.

    Sobre si fue o no delito. Repito que: si se siguen los procedimientos legales, esto será resuelto en tribunales superiores sentando un precedente que cierre el actual espacio a las interpretaciones.

    Saludos.
     
    #152
    Última modificación: 31 de Agosto de 2023
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  3. Fingal

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    ¿Podrías compartir las fuentes que demuestran que no fue parte del espectáculo?
     
    #153
  4. dragon_ecu

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    Y ni hablar de la figura de "acuerdo tácito"...
    El espacio se amplía que da miedo.

    Antes: agresión - delito.
    Hoy: acto no consentido - agresión - delito

    Un momentáneo si, entre risas... acto consentido- agresión-no hay delito por existir consentimiento

    "Solo sí es sí" se reduce a un "tu palabra contra la mia", abriendo espacio a discursos sin pruebas.

    Legalmente es un retroceso de las garantías de protección.

    Saludos.
     
    #154
    Última modificación: 1 de Septiembre de 2023
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  5. Fingal

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    Antes: Atentar contra la libertad sexual = delito.
    Hoy: Atentar contra la libertad sexual = delito.
     
    #155
  6. dragon_ecu

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    ¿Dónde está la figura del consentimiento en la ecuación de hoy?
     
    #156
  7. Fingal

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    ¿Se equivoca el Tribunal Supremo en la sentencia STS 344/2019 cuando dice: "En el delito de agresión sexual, tampoco se consiente libremente"?

    (Sí, hablo de antes, de la agresión sexual de antes)
     
    #157
  8. jose rodolfo

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    Tienes que buscarlo tú Fingal, yo te doy el dato. Desde la vanguardia hasta ABC. Y en ningún caso dicen que fue preparado. Es que la ministra de Igualdad está como Trump, puede decir lo que quiera y no pasa nada. Ha dicho que los jueces españoles son machistas, ha dicho que las niñas pueden tener sexo consentido con cualquiera y no renuncia. Por cierto es verdad que vendió el chaletazo y que se ha comprado un ático de 1 millon de cocos. A mí me habían dicho que venía a forrarse a Harvard.
     
    #158
  9. dragon_ecu

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    Es que antes no se consideraba la figura del consentimiento en agresión.
    La corte aplicó la ley tal como estuvo redactada.
     
    #159
  10. Fingal

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    ¿Has visto el mensaje que publicó el propio Jordi Cruz en Twitter cuando en 2019 salió el tema?

    No dijo nada de que no hubiera consentimiento. Al contrario.
     
    #160
  11. Fingal

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    Pero deja claro que en la agresión no hay consentimiento libre, ¿no?, aunque no apareciera explícitamente en el artículo 178.

    Si es que está muy claro. Algo que consientes libremente no puede atentar contra tu libertad sexual (no digo que no pueda atentar contra tu integridad física, pero entonces hablamos de otro tipo de delitos, no de delitos contra la libertad sexual).
     
    #161
  12. jose rodolfo

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    Jordi cruz dijo que el beso aunque todos vimos que no fue consentido le gustó. Eso fue hace tiempo cuando esta locura no era imaginable.
    Tú sabes quién es Monica Oltra?
     
    #162
    Última modificación: 31 de Agosto de 2023
  13. jose rodolfo

    jose rodolfo Exp..

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    Perdón, la pregunta es si tú sabes quién es Maria Teresa T.M con el sobrenombre de Maite.
     
    #163
  14. dragon_ecu

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    A dos tiempos. Primero la secuencia de lo ocurrido en el caso en mención.
    En otro comentario lo que dice específicamente los párrafos relativos a la cita del consentimiento libre.

    Primer comentario. Secuencia del caso.

    Ojo a esta frase: aunque no apareciera explícitamente en el artículo 178

    Si no aparece el "consentimiento", entonces esta figura no es requisito para tipificar el delito en cuestión.

    Este error de interpretar la ley en lugar de aplicarla tal cual está descrita llevó a un lío enorme en la resolución que se da como ejemplo.

    En ese caso del STS 344/2019, según la ley vigente en ese entonces, una primera instancia apuntó a delitos de "abuso sexual" (art 181), "hurto" y otros delitos menores. Además de "absolver" del delito de "agresión sexual" (art 178). (Marzo 2018).

    ¿El error?... un caso mal presentado, una mala redacción del informe inicial, y de remate un mala tipificación del delito.

    Al ser impugnado, la segunda instancia agrega el delito de "agresión sexual" (art 178), y adicional levanta cargos contra los organismos que llevaron a cabo la primera instancia por errores de forma y fondo en la especificación del delito cometido. (Noviembre 2018)

    Es decir, que el fiscal y otras autoridades iniciales fueron sancionado por la inaplicación del artículo 178

    La culpa no era de la ley, sino de la interpretación y mala definición del delito a ser presentado por la acusación, lo que conllevó a una primera condena incorrecta.

    Ya en la última instancia (casación en 2019), se confirma la condena de segunda instancia por "agresión sexual" (art 178), a más de aumentos de costas y otras particularidades acumuladas menores.

    Aparte sigue el segundo comentario.
     
    #164
    Última modificación: 1 de Septiembre de 2023
  15. dragon_ecu

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    Segundo comentario.

    Fuente: Exposición de motivos para casación del caso STS 344/2019 (instancia final donde se presentan las diferentes interpretaciones a la ley y que en la sentencia definitiva sirven como precedente en adelante).*

    Cita del párrafo relativo a lo de agresión y consentimiento libre. (Los resaltados son míos).

    Consecuencia de lo anterior, como decíamos en nuestra reciente sentencia 216/2019, de 24 de abril , "se desprende que en el delito de abuso sexual el consentimiento se encuentra viciado como consecuencia de las causas legales diseñadas por el legislador, y en el delito de agresión sexual, la libertad sexual de la víctima queda neutralizada a causa de la utilización o el empleo de violencia o intimidación. Dicho de otro modo, el delito de abuso sexual supone un consentimiento viciado por las causas tasadas en la ley, y por eso el Código Penal se expresa disponiendo que "se consideran abusos sexuales no consentidos" los que hemos reseñado con anterioridad. En todos ellos, la víctima o era incapaz de negarse a mantener cualquier tipo de relación sexual o se encontraba en una posición que le coartaba su libertad.

    En el delito de agresión sexual, tampoco se consiente libremente, pero aquí el autor se prevale de la utilización de fuerza o intimidación ( vis phisica o vis moral ), para doblegar la voluntad de su víctima. El autor emplea fuerza para ello, aunque también colma las exigencias típicas la intimidación, es decir, el uso de un clima de temor o de terror que anula su capacidad de resistencia, a cuyo efecto esta Sala Casacional siempre ha declarado que tal resistencia ni puede ni debe ser especialmente intensa. Basta la negativa por parte de la víctima, pues para el delito de agresión sexual es suficiente que el autor emplee medios violentos o intimidatorios.

    Fin de cita.

    Del extracto empleado faltó la parte relativa a doblegar la voluntad de la víctima.

    Y va de nuevo hasta que se entienda esto, que es el error cometido en la primera instancia de ese caso.

    Los tribunales iniciales no interpretan la ley, solo la aplican.
    La interpretación de la ley es exclusiva de las instancias superiores.

    El punto no es la aplicación de la ley.
    El punto es la definición exacta del delito.

    El día que los delitos sexuales no estén abiertos a interpretaciones, se habrá ganado mucho para la justicia.

    Aunque se corre el riesgo que al siguiente día se asomen políticos para agregar "nuevas leyes" de las que aprovechar los vacíos.

    Saludos.


    *NOTA.
    A partir de 2022, con la entrada en vigencia de la nueva ley, este precedente queda invalidado.
     
    #165
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  16. Fingal

    Fingal Poeta adicto al portal

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    Error. El delito es atentar contra la libertad sexual de otra persona.

    Repito la pregunta que siempre esquivas y que, mientras no contestes, invalida tu conclusión, por muchos largos mensajes que escribas.

    ¿Cómo puede algo que consientes libremente atentar contra tu libertad sexual?

    Me vale si encuentras una sentencia de agresión sexual en la que la víctima haya consentido libremente a la agresión.

    Repasa estas frases de la sentencia:

    Si la libertad de la víctima queda neutralizada, no puede consentir libremente. Obvio.

    Más claro no se puede decir, pero tú lo sigues negando.

    Si consientes libremente, ¿a qué viene que tengan que doblegar tu voluntad?
     
    #166
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  17. jose rodolfo

    jose rodolfo Exp..

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    Como no sabes quién es Maria Teresa Tanco Muela, te cuento:
    Maria era una menor tutelada por la Generalidad Valenciana. Tenía 14 años cuando ocurrieron los hechos, que te voy a contar. Luis Eduardo Icardi era el esposo de Monica Oltra, vicepresidenta, portavoz y consejera de igualdad y políticas inclusivas de la Generalidad Valenciana. Castigaba a la niña para que tuviera que dormir separada de las demás. De noche cuando todos dormían le tomaba la mano a Maria y se masturbaba con ella. La niña estaba aterrada y le contó a la directora general del centro y a la directora general de consejería, nadie le creía. Un día que la policía acudió a la instalación por otro caso, la menor le contó por lo que estaba pasando. La policía abrió un caso ante la Fiscalia y fue cuando por fin la niña empezó a recibir ayuda. Luis Eduardo fue condenado a 5 años de cárcel y Monica Oltra tuvo que renunciar, el dictamen dice que a faltas de prueba directa, existen indicios plurales de que habría maniobrado para beneficiar la situación procesal de su exmarido o incluso para proteger su propia carrera política. Irene Montero, se pronunció, sisisi. A través de un Twitter y de una forma escueta se pronunció. Pero no mencionó a la víctima, se pronunció y le ofreció apoyo a la victimaria. Cuéntame Fingal; mientras estás locas se rajan las vestiduras por Hermoso que con un empujón hubiera resuelto lo que para ti es una agresión. Maria Teresa no contó con nadie que se pusiera de su parte, que la arropara aunque sea. Entonces tú me acusas a mí de no tener coherencia por no ser parte de este rebaño hipócrita y enfermo. Estas feministas de bolsillo se pronuncian solamente cuando los agresores no son de su entorno PO LÍ TI CO.
     
    #167
    Última modificación: 1 de Septiembre de 2023
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  18. dragon_ecu

    dragon_ecu Esporádico permanente

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    ¿Cómo puede algo que consientes libremente atentar contra tu libertad sexual?


    Lo expondré de la forma más simple con solo eliminar la parte sexual.

    ¿Cómo puede algo que consientes libremente atentar contra tu libertad?
    Si votas por un tirano.
    Si votas por un sistema totalitario.
    Si aceptas que reduzcan tus opciones para elegir o decidir.
    En cualquier negociación donde hay escasez.
    ...
    En cada caso puedes negarte... pero tu libertad de elección te permite elegir mal.

    Es el riesgo aceptar una relación peligrosa.
    O aceptar un negocio riesgoso.

    Toda decisión conlleva un riesgo.

    Toda relación conlleva también un riesgo.

    Esto también se aplica a las relaciones sexuales.

    Te podrá sonar estúpido, ilógico, imposible... pero ocurre, y más a menudo de lo que imaginas.

    Saludos.
     
    #168
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  19. dragon_ecu

    dragon_ecu Esporádico permanente

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    Fingal.

    El peligro de buscar la lógica en las palabras conduce a intentar aplicar la lógica para interpretar definiciones incompletas.
    Y de allí a intentar aplicar la lógica en las acciones humanas. Pero...

    Las acciones humanas no son lógicas, sino mayormente emocionales.

    Por lo anterior es que las leyes se redactan de forma tan impersonal (los abogados no tienen corazón).

    Por ello la intención de la leyes de brindar a la persona protección de los actos de otros, e incluso de sí misma.

    Muchos casos de maltrato familiar se repiten porque la víctima insiste en seguir junto a la pareja.

    Y por ello es que la aplicación de las leyes se basan en hechos y no en interpretaciones lógicas. Porque la lógica indica que cualquiera se aleja de alguien que te maltrata, pero la realidad no es esa.

    Cuando una causa se reduce a versiones sin hechos, el famoso "tu palabra o la mía", no hay ley posible y se requiere de acuerdos conciliatorios.

    Saludos.
     
    #169
    Última modificación: 31 de Agosto de 2023
  20. Fingal

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    Con ese cambio que haces, dejas de nuevo la pregunta sin contestar y creo que lo sabes. Te vas por las ramas con argumentos engañosos que no son aplicables a la cuestión que discutimos.
     
    #170
  21. dragon_ecu

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    Ok.

    ¿Cómo puede algo que consientes libremente atentar contra tu libertad sexual?

    Sucede que en un delito sexual no estás solo. Hay otra u otras personas interactuando.
    Tú tienes control sobre tus acciones.
    ¿Tienes control sobre la acciones ajenas?
    La respuesta es que no tienes dicho control, a menos que coartes la libertad sexual ajena (y pasas a ser agresor sexual).

    Esa es la verdad simple.
    Tú puedes consentir, pero la otra parte actúa libremente y puede atentar contra tu libertad.

    Saludos.
     
    #171
    Última modificación: 31 de Agosto de 2023
  22. dragon_ecu

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    Voy a preparar café en agua.
    Uso una taza, un plato para la taza, una cuchara de madera, café instantáneo en polvo, agua caliente y azúcar.
    Puede ser cualquier taza.
    Puedo cambiar la cuchara por cualquier elemento para agitar la mezcla.
    Puedo usar cualquier marca de café.
    Puedo usar cualquier edulcorante o tipo de azúcar.
    Y puedo usar cualquier plato para la taza.

    ¿El plato para la taza es requisito para preparar el café?
    Pues no.



    En la ley anterior el delito de agresión sexual se fundamenta en el uso de la intimidación o violencia para atentar contra la libertad sexual de otra persona.
    El consentimiento es irrelevante en el caso de la agresión sexual
    , ya que es imposible que se dé, precisamente debido al uso de intimidación o violencia.
    Es igual que el plato para la taza.
    (Anterior artículo 178. El que atentare contra la libertad sexual de otra persona, con violencia o intimidación, será castigado como culpable de agresión sexual).

    La hechos de violencia dejan huellas que sirven de elementos probatorios.
    Los hechos de intimidación dejan huellas en los medios empleados para intimidar.
    Tales pruebas permiten la confirmación de la existencia del delito.
    Existe la posibilidad de falsear pruebas, por lo que algunas acusaciones de agresión sexual pueden encubrir delitos de estafa o chantaje.



    En la nueva ley el delito de agresión sexual se fundamenta en la falta de consentimiento para atentar contra la libertad sexual de otra persona.
    (Nuevo artículo 178. Será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años, como responsable de agresión sexual, el que realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento).

    El hecho del consentimiento tácito se reduce a declaración (tu palabra contra la mía).
    El hecho del consentimiento verbal también se reduce a declaración.
    Un consentimiento escrito, si no tiene confirmación legal también se reduce a una declaración.
    Se podría emplear medios de grabación como audio, imagen, video.
    Existe la posibilidad de falsear las pruebas, pero es mucho más fácil falsear la declaración, por lo que hay mayores opciones para encubrir delitos de estafa o chantaje.


    Así, hoy, ante la subjetividad para comprobar el consentimiento, se dispone de un arma de doble filo. Permitiendo encubrir o minimizar delitos verdaderos, y endilgar y amplificar delitos falsos, según conveniencia.

    Se puede demostrar la existencia de algo. El consentimiento.
    ¿Cómo demuestra la inexistencia de algo???? La falta de consentimiento.
    A nivel de problema de lógica es como demostrar la existencia de dios, o demostrar la inexistencia de dios.
    Es esa complejidad el vacío legal actual.


    Saludos.

    ---
    Fuente:
    https://diariolaley.laleynext.es/dl...ento-en-los-delitos-contra-la-libertad-sexual
     
    #172
    Última modificación: 1 de Septiembre de 2023
  23. Fingal

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    Las leyes se redactan en términos jurídicos y cada ley protege determinados bienes jurídicos.

    Por lo que he estado viendo (yo no soy en absoluto experto en leyes no tengo conocimientos técnicos al respecto) los bienes jurídicos protegidos en el capítulo VIII del código penal son la libertad sexual y la indemnidad sexual. Te invito a que busques cómo se definen (no me molesto en poner enlaces porque ya sé que los vas a ignorar y a entender lo que te dé la gana).

    Esto no he debido de entenderlo bien. ¿Sugieres que si una persona A quiere penetrar a otra persona B y está se niega, entonces la persona B atenta contra la libertad sexual de la persona A?

    Si los actos sexuales son los consentidos no se atenta contra la libertad sexual. Si se hace algo distinto de lo consentido sí.
     
    #173
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  24. dragon_ecu

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    No importa la respuesta que cualquiera exprese si se interpreta erróneamente.

    Lo anterior no es una suposición. Es un hecho.

    La ley juzga en base a hechos, y absuelve si solo hay suposiciones.

    Saludos.
     
    #174
  25. Fingal

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    Otro ejemplo que no es aplicable a la discusión.


    Resumo aquí el punto de discusión por mi parte:

    Tú dices que el delito de agresión sexual del código penal de 1995 puede darse sin libre consentimiento.

    El Tribunal Supremo en su sentencia 344/2019 (estando vigente la redacción del código penal de 1995 del delito de agresión) dice:
    "En la agresión sexual, tampoco se consiente libremente"

    ¿Quién se equivoca? ¿El Tribunal Supremo o tú?

    El resto de tu último mensaje son otros temas que ahora no voy a entrar a discutir.
     
    #175
    Última modificación: 1 de Septiembre de 2023
  26. Fingal

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    En realidad sí hubo polémica, pero en un show televisivo grabado, con sus guionistas, director, con un montaje en el que se elige lo que se emite, plantear que ese beso no es parte del espectáculo y no es consentido no se sostiene por ningún lado.

    Aquí una noticia de entonces sobre el tema. Lo que dice Jordi Cruz en Twitter no es lo que tú dices.

    Por cierto, las afirmaciones tipo lo he leído pero no te voy a decir dónde tienen muy escasa credibilidad.
     
    #176
  27. jose rodolfo

    jose rodolfo Exp..

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    Qué opinas del silencio de las feministas en el caso de Monica Oltra, no me has respondido.
     
    #177
  28. Fingal

    Fingal Poeta adicto al portal

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    Todavía no, pero lo haré. Dragón me tiene muy ocupado :eek:
     
    #178
  29. dragon_ecu

    dragon_ecu Esporádico permanente

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    Lo libero de ocupaciones.
    Estaré en espera hasta después que culmine su pendiente con José.

    Saludos.
     
    #179
    A jose rodolfo le gusta esto.
  30. jose rodolfo

    jose rodolfo Exp..

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    Tiene que tomarse su tiempo jajajaja.
     
    #180

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