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En contra de sí mismo

Ruben Edgardo Sánchez

Poeta que considera el portal su segunda casa

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Cuando es tiempo de elecciones hay un solo soberano
el que detenta el poder no es otro que el ciudadano.

El que asume el compromiso de elegir representantes
que deberían cumplir las promesas hechas antes.

Los candidatos comulgan con los deseos del pueblo
y luego cambian la mira cuando llegan al gobierno.

Entonces es cuando olvidan las promesas de campaña
pues saben que al fin y al cabo al pueblo siempre lo engañan.

Al pasar un par de años repiten la misma historia
nunca olvidan que la gente anda floja de memoria.

Y así sucesivamente de uno a otro comicio
el pueblo sigue votando aún en contra de sí mismo.

Ruben Edgardo Sánchez, 13 de agosto de 2017

https://miuniversar.blogspot.com.ar/2017/08/en-contra-de-si-mismo.html
 
Última edición:
No en balde hay nuevas tendencias en las democracias, por ejemplo estas dos:

1.- una carta compromiso de cumplimiento de ofertas electorales que a su vez contiene:
1.1- estado financiero del candidato.
1.2.- plan de gobierno (o plan de trabajo), indicando metas, plazos y medios.
1.3.- compromiso a que toda cuenta y plan sea libremente monitoreada por la población

2.- la remoción popular del elegido a partir de la cuarta parte de su período, para lo que basta una de dos condiciones:
2.1.- incumplimiento del plan de gobierno. Por lo que se llamará a consulta de remoción y votación mayoritaria en la misma.
2.2.- indicios de corrupción, sea o no comprobada. De igual modo se convocará a consulta de remoción y será necesaria la votación mayoritaria.
 
No en balde hay nuevas tendencias en las democracias, por ejemplo estas dos:

1.- una carta compromiso de cumplimiento de ofertas electorales que a su vez contiene:
1.1- estado financiero del candidato.
1.2.- plan de gobierno (o plan de trabajo), indicando metas, plazos y medios.
1.3.- compromiso a que toda cuenta y plan sea libremente monitoreada por la población

2.- la remoción popular del elegido a partir de la cuarta parte de su período, para lo que basta una de dos condiciones:
2.1.- incumplimiento del plan de gobierno. Por lo que se llamará a consulta de remoción y votación mayoritaria en la misma.
2.2.- indicios de corrupción, sea o no comprobada. De igual modo se convocará a consulta de remoción y será necesaria la votación mayoritaria.

Me parece muy bien que se pueda controlar y sancionar a aquellos funcionarios de gobierno que no sean capaces de honrar su cargo o no reúnan las condiciones de idoneidad y buena conducta necesarias para representar a su pueblo. Muchas gracias por tu visita.
 

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