Un ejemplo en Argentina.
En los juicios a criminales argentinos (militares de la ex dictadura). Se los acusa de delitos de asesinato, desaparición forzosa, secuestro, etc... todos ellos delitos de lesa humanidad. Pero ninguno de esos delitos califica como "genocidio". Tanto es esto cierto, que las instrucciones de investigación, juicio y penalización se apegan a los delitos anteriores excepto al delito de genocidio.
Sin embargo de esto, durante el juicio se los llama "genocidas" (sin que la causa e investigaciones se dirijan en ese sentido).
Y para remate, en el cierre oral del juicio, se les penaliza por varios delitos "dentro del contexto de genocidio". Inclusive en las transcripciones del juicio se usa esa figura "contexto de genocidio" que no existe en la ley.
And the show must go on.
Otro ejemplo, en Ecuador ahora.
Se crearon por obra y gracia de quién sabe, la figura de "femicidio", como el asesinato por odio a la mujer. Pero cuando algunos abogados entonces propusieron el delito de "hombricidio" (a modo de burla), algunos arguyeron que ya existe el delito de "homicidio" (que en realidad se trata del homo = ser humano o igual). ¿?
Para colmo, lo que originalmente debió ser un agravante por el delito de odio, terminó siendo un agravante por el sexo de la víctima... y ahora por allí asoman algunos que desean ampliar el delito al género en lugar del sexo !!!!